La mediación
Un acuerdo construido por las partes, con la fuerza de una sentencia.
La mediación es un procedimiento voluntario y confidencial en el que un tercero imparcial ayuda a las partes a encontrar una solución. Está regulada por la Ley de Arbitraje y Mediación.
I
Voluntaria
Nadie está obligado a mediar ni a firmar un acuerdo. Cualquiera de las partes puede retirarse en cualquier momento.
II
Confidencial
Lo que se dice en la audiencia no sale de ella y no puede invocarse como prueba en un proceso judicial posterior.
III
Vinculante
El acta de acuerdo tiene efecto de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada. Se ejecuta directamente si una parte incumple.
El procedimiento, paso a paso
01
Solicitud
La parte interesada presenta la solicitud por escrito, por WhatsApp o mediante el formulario del sitio. Se identifica a las partes, la materia y lo que se pretende. El centro verifica que el asunto sea transigible y que no exista impedimento legal.
02
Invitación a mediar
El centro notifica a la otra parte con una invitación formal. Puede aceptarla, proponer otra fecha o no comparecer: la mediación es voluntaria. Si no comparece, se emite constancia de imposibilidad de acuerdo, que habilita a acudir a la vía judicial.
03
Designación del mediador
Se asigna un mediador calificado por el Consejo de la Judicatura, según la especialidad del caso. Las partes pueden objetar su designación por motivos de imparcialidad.
04
Audiencia
El mediador conduce la sesión, conjunta o con reuniones privadas con cada parte. Puede realizarse en la oficina de Guayaquil o íntegramente por videoconferencia. Se pueden convocar varias sesiones si hay avance.
05
Acta de mediación
Si hay acuerdo, total o parcial, se suscribe el acta, que tiene efecto de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada. Puede firmarse electrónicamente. Si no hay acuerdo, se emite acta de imposibilidad, que también sirve como requisito de procedibilidad donde la ley lo exige.
Un acuerdo que las partes construyen se cumple; una sentencia impuesta apenas se acata.
Mediación telemática
Todo el proceso, sin trasladarse.
La audiencia se realiza por videoconferencia con salas separadas para las reuniones privadas con cada parte. El acta se suscribe con firma electrónica y se entrega el mismo día. Esto permite mediar entre partes ubicadas en distintas provincias, o con representantes en el exterior.
Qué necesitas para mediar en línea
—Conexión estable y un dispositivo con cámara.
—Documento de identidad para la verificación.
—Certificado de firma electrónica vigente, si el acta se firma digitalmente.
—Poder o nombramiento, cuando se comparece por una compañía.
Cuéntanos tu caso.
Respondemos por WhatsApp el mismo día hábil. La consulta inicial no tiene costo.

Registro Nº 220
Consejo de la Judicatura
Fundado en 2025
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Edificio Professional Center
Piso 3, oficina 314
Guayaquil, Ecuador
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Ley de Arbitraje y Mediación · Consejo de la Judicatura
La disputa entre socios paraliza la operación mucho antes de que un juez la resuelva. La mediación permite acordar la salida, el precio de las participaciones o las reglas de gobierno sin exponer los estados financieros de la compañía.
Salida de sociosValoración de participacionesConvenios de accionistasBloqueo en la junta
Contratos incumplidos, obligaciones vencidas y relaciones con proveedores o distribuidores. El acuerdo puede incluir plazos de pago, garantías y la continuidad del vínculo comercial.
Incumplimiento de contratoCobro de obligacionesDistribución y franquiciaTerminación de contratos
La mediación en materia tributaria procede sobre aspectos transigibles y puede plantearse antes o durante el proceso contencioso. Es la vía para acordar plazos, alcance de la obligación y cierre de la controversia.
DeterminacionesFacilidades de pagoMediación en juicioDevoluciones
Reestructuración de deuda, ejecución de garantías y controversias con entidades del sistema financiero. El acta permite formalizar el nuevo cronograma con fuerza ejecutiva.
Reestructuración de deudaGarantíasCartera vencida
Conflictos de marcas y signos distintivos, licencias y uso no autorizado. La mediación evita años de trámite y permite acuerdos de coexistencia que ninguna resolución administrativa podría diseñar.
Marcas y signosLicenciasCoexistenciaUso indebido
El centro está autorizado para mediar en toda materia sobre la que las partes puedan transigir libremente. Si tienes dudas sobre si tu caso califica, consúltanos antes de presentar la solicitud.
FamiliaLaboralContratación públicaTránsitoInquilinato
Dirige el centro, admite las solicitudes y verifica que la materia sea transigible antes de convocar a las partes.
Revisa cada solicitud, confirma que el asunto puede transigirse y que no existe impedimento legal, y asigna el caso al mediador con la especialidad que corresponda.
Responde por el cumplimiento del reglamento del centro y por la forma del acta, que es el documento con el que después se ejecuta el acuerdo.
Ficha en preparación: nombre, trayectoria y número de calificación ante el Consejo de la Judicatura.
Conduce las audiencias de controversias transigibles con la administración tributaria y de reestructuración de deuda con el sistema financiero.
Determinaciones, facilidades de pago, devoluciones y mediación planteada antes o durante el proceso contencioso.
Reestructuración de deuda, garantías y cartera vencida, con el nuevo cronograma formalizado en un acta con fuerza ejecutiva.
Ficha en preparación: nombre, trayectoria y número de calificación ante el Consejo de la Judicatura.
Conduce las audiencias de conflictos entre socios y de contratos comerciales, donde la confidencialidad y la continuidad del negocio pesan tanto como el acuerdo.
Salida de socios, valoración de participaciones, convenios de accionistas y bloqueo en la junta, sin exponer los estados financieros de la compañía.
Incumplimiento de contratos, cobro de obligaciones, distribución y franquicia, con plazos de pago y garantías dentro del acuerdo.
Ficha en preparación: nombre, trayectoria y número de calificación ante el Consejo de la Judicatura.
