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Mediación por incumplimiento de contrato y cobro de obligaciones

26 de agosto de 2026 Guías
Mediación por incumplimiento de contrato

La mediación por incumplimiento de contrato convierte una deuda discutida en un cronograma de pago con garantías, firmado en un acta que tiene efecto de sentencia ejecutoriada: si el deudor vuelve a fallar, se ejecuta directamente, sin abrir un juicio de conocimiento.

El problema no es la deuda: es el tiempo

Una cartera vencida pierde valor cada mes. Cuanto más envejece, menos probable es cobrarla, más provisión exige y más recursos internos consume. Y el camino tradicional —demandar— empieza a producir efectos justamente cuando ese deterioro ya ocurrió.

La mediación por incumplimiento de contrato ataca esa variable: cierra la discusión sobre cuánto y cuándo en una audiencia, y deja un título ejecutable el mismo día.

Qué se puede acordar

  • El saldo real, conciliado entre las partes, con o sin intereses.
  • Un cronograma de pagos con fechas y montos exactos.
  • Garantías: prenda, hipoteca, garante solidario, letras de cambio o pagarés.
  • La cláusula de vencimiento anticipado si se incumple una cuota.
  • La continuidad o terminación ordenada del contrato, con plazos de transición.
  • La devolución de mercadería, equipos o documentación.
  • El desistimiento de acciones ya presentadas y el levantamiento de medidas.

Cuándo sirve una mediación por incumplimiento de contrato y cuándo no

Funciona cuando la obligación es reconocida y lo que falta es capacidad de pago o voluntad de ordenar el asunto. Funciona muy bien cuando la relación comercial continúa: el proveedor quiere cobrar y seguir vendiendo, y el cliente quiere pagar sin perder la línea de crédito.

No funciona cuando la otra parte niega el vínculo, cuando no se puede ubicar al deudor o cuando lo que se busca es una medida cautelar urgente sobre bienes que están desapareciendo. Ahí el camino es judicial, y decirlo a tiempo es parte del servicio.

Cobrar por mediación o por juicio

MediaciónJuicio de cobro
Punto de partidaUna audiencia con la otra parteUna demanda que hay que citar
Qué se discuteCómo y cuándo se pagaSi se debe, cuánto y por qué
ResultadoActa con efecto de sentencia ejecutoriadaSentencia sujeta a recursos
Relación comercialSuele mantenerseNormalmente termina
Exposición públicaConfidencialExpediente público

Cómo preparar el caso para que la audiencia sea corta

  • Estado de cuenta conciliado, con facturas, notas de crédito y pagos aplicados.
  • El contrato y sus anexos, órdenes de compra y actas de entrega o recepción.
  • El intercambio de correos donde la otra parte reconoce el saldo o pide plazo.
  • Una propuesta inicial de cronograma: es más fácil discutir sobre un borrador.
  • El margen propio: hasta dónde se puede ceder en intereses o plazos.
  • Quién firma por cada lado, con facultad para transigir.

La cláusula de mediación: el paso que se da antes del problema

La mejor mediación por incumplimiento de contrato es la que ya está prevista en el contrato. Si existe convenio escrito para someter los conflictos a mediación, los jueces ordinarios no pueden conocer demandas sobre ese conflicto mientras no haya acta de imposibilidad o renuncia escrita de las partes.

Es una cláusula corta, se incorpora al modelo de contrato de la empresa y cambia por completo la dinámica: cuando algo falla, hay un procedimiento acordado en lugar de una escalada.

El error que arruina la audiencia: enviar a quien no decide

La ley exige capacidad legal para transigir. En una compañía, eso significa el representante legal o un apoderado con facultad delegada mediante poder. Enviar al asistente de cobranzas «a ver qué proponen» convierte una audiencia en una reunión informativa y obliga a convocar otra.

Lo advertimos por escrito en la convocatoria, porque es la causa más frecuente de que un caso maduro no se cierre el mismo día.

Intereses, quitas y lo que cada parte gana

Un acuerdo se firma cuando ambas partes obtienen algo. El acreedor suele ceder en intereses o en plazo a cambio de certeza y garantías; el deudor acepta el saldo y las garantías a cambio de un cronograma que puede cumplir y de conservar la relación comercial.

Ese intercambio es difícil de conseguir por carta o por teléfono, y natural en una audiencia conducida por un tercero neutral.

Qué pasa si el deudor incumple el acuerdo

El acta con acuerdo tiene efecto de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada, y se ejecuta por la vía de apremio sin que el juez de la ejecución acepte excepciones anteriores a la firma. No hay que volver a probar la deuda: ya está declarada.

Ese es el motivo por el que un acta bien redactada vale más que un convenio de pago firmado entre las partes: el convenio hay que demandarlo; el acta se ejecuta.

Preguntas frecuentes de las áreas de crédito y cobranzas

  • ¿Sirve para carteras pequeñas? Sí, y suele ser donde más rinde: el costo de un juicio no se justifica y el acta sí se ejecuta.
  • ¿Puedo mediar varias facturas en un solo acuerdo? Sí, siempre que sean con la misma contraparte; se consolidan en un único cronograma.
  • ¿Y si ya demandé? Se puede mediar con el juicio en curso, y el acuerdo se lleva al expediente con el desistimiento pactado.
  • ¿La otra parte se entera de mi situación financiera? No: la mediación es confidencial y en el acta consta lo acordado, no lo conversado.

Qué hacemos nosotros

En Ágora convocamos a la contraparte, conducimos la audiencia y redactamos el acta con obligaciones que un juez puede ordenar sin interpretar nada. Somos un centro autorizado por el Consejo de la Judicatura, registro Nº 220, con sede en Guayaquil y audiencias telemáticas para todo el país. Cuéntanos el caso y revisamos si es transigible.

Base Legal: Ley de Arbitraje y Mediación (Codificación 14), Arts. 43 a 52. Verifica el texto vigente en funcionjudicial.gob.ec (Arts. 43, 46 y 47).

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¿Tienes un conflicto que preferirías resolver sin un juicio?

En Ágora Centro de Mediación, registro Nº 220 del Consejo de la Judicatura, revisamos si tu caso es materia transigible, convocamos a la otra parte y conducimos la audiencia. Si hay acuerdo, el acta que se firma tiene efecto de sentencia ejecutoriada. Visita agoralegal.com.ec.

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